El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto Ley de medidas de apoyo al emprendimiento y estímulo al crecimiento en diversos ámbitos.
Medidas de desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven
En este Real Decreto Ley se incluyen medidas a través de la cuales se inicia el desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, resultado de un proceso de diálogo y participación con interlocutores sociales.
Entre las medidas dirigidas a fomentar el emprendimiento y el autoempleo joven:
- Se establece una tarifa plana de cincuenta euros en la cotización a la Seguridad Social, para nuevas altas en autónomos de personas menores de treinta años que inicien una actividad por cuenta propia, durante los primeros seis meses.
- Se permite compatibilizar la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia, durante nueve meses para menores de treinta años en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Se amplían las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora. Los y las perceptores/as de prestaciones por desempleo menores de treinta años podrán capitalizar hasta el 100 por 100 de su prestación para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre y cuando se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido.
- Reanudación del cobro de la prestación por desempleo. Para menores de treinta años se amplía de dos a cinco años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta propia que permite interrumpir y, por tanto, reanudar el cobro de la prestación por desempleo.
Se aprueban, además, incentivos fiscales en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades para apoyar los proyectos emprendedores. En concreto, se reduce la tributación a las sociedades de nueva creación y a nuevos/as autónomos/as:
- Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15 por 100 (hasta una base imponible de trescientos mil euros y del 20 por 100 (resto de la base) durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
- Las personas autónomas que inicien actividades económicas podrán aplicar una reducción del 20 por 100 en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
Además, se establecen incentivos fiscales para fomentar el autoempleo en régimen de autónomo. Las personas desempleadas que decidan establecerse como autónomos/as podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único (hasta ahora están exentos sólo hasta 15.500 euros).
Asimismo, se incluyen medidas que suponen estímulos a la contratación laboral de jóvenes hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15 por 100:
- La cuota de la empresa a la Seguridad Social se reducirá en un 75 por 100 para empresas de más de 250 trabajadores/as y en un 100 por 100 para el resto, cuando se contrate a tiempo parcial con vinculación formativa a menores de treinta años sin experiencia laboral previa o que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo, o que se encuentren en desempleo desde hace más de doce meses.
- Autónomos/as y empresas de hasta nueve trabajadores/as se beneficiarán de una reducción del 100 por 100 de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año por la contratación indefinida de una persona desempleada menor de treinta años.
- Contrato «primer empleo joven»: modificación del actual contrato temporal para contratar a menores de treinta años en desempleo sin experiencia profesional previa, con incentivos a su trasformación en indefinido (bonificación de quinientos euros/año durante tres años o setecientos euros si se suscribe con mujeres).
- Se introducen incentivos al contrato en prácticas para que aquellos/as jóvenes de hasta treinta años que hayan terminado su periodo formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación. Se establecerá una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50 por 100.