Incentivos a la contratación de personas desempleadas en la Comunidad de Madrid

A través de esta acción se pretende facilitar la incorporación y permanencia de trabajadores y trabajadoras en desempleo en el mercado ordinario de trabajo, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación por cuenta ajena en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Plazo de solicitudes: desde el 31 de mayo al 31 de diciembre de 2013

Requisitos generales de los beneficiarios/as:

1. Deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

2. El centro de trabajo o el domicilio social y fiscal del beneficiario/a de la subvención deberá estar radicado en la Comunidad de Madrid.

3. No estar incurso/a en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisitos generales del personal contratado:

1.  Hallarse inscritos/as como personas desempleadas demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid durante un período de, al menos, un mes ininterrumpido e inmediatamente anterior a su contratación, salvo en el supuesto de conversión de contrato de duración determinada o en prácticas en indefinido.

Acción subvencionable y cuantía de la subvención

1.  A los efectos de este Acuerdo serán subvencionables, en los importes y condiciones que se determinan a continuación, las siguientes contrataciones:

a)   Contrataciones realizadas por empresas y autónomos/as con menos de 10 trabajadores/as contratados/as y con centro de trabajo o domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid:

–     Contratación indefinida: Se subvencionará con un importe de 1.500 euros cada contrato indefinido a tiempo completo.

–     Contratación de duración determinada o en prácticas: Se subvencionará con un importe de 1.000 euros cada contrato de duración igual o superior a seis meses.

–     Conversión en indefinido de contratos de duración determinada o en prácticas:

Se subvencionará con un importe de 1.500 euros cada conversión a contrato indefinido a tiempo completo.

En los supuestos de contratación a tiempo parcial de las modalidades contractuales previstas en este apartado, el importe de las subvenciones establecidas en este Acuerdo se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida.

b)   Contrataciones realizadas por empresas, entidades de carácter privado sin ánimo de lucro y autónomos/as con 10 o más trabajadores/as contratados/as y con centro de trabajo o domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid:

–     Contratación en prácticas: Se subvencionarán con un importe de 500 euros por cada año de duración, hasta un máximo de 1.000 euros, los contratos en prácticas a jornada completa.

–     Contratación a tiempo parcial de mayores de cuarenta y cinco años: Se subvencionará con un importe de 1.000 euros cada contratación indefinida a tiempo parcial, siempre que la jornada sea, al menos, del 50% de la jornada ordinaria y se realice a personas desempleadas de cuarenta y cinco años o más que reúna los requisitos establecidos en el artículo 12 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y normativa de desarrollo.

En los supuestos de contratación a tiempo parcial de las modalidades contractuales previstas en este apartado, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada, teniendo en cuenta que en el contrato indefinido a tiempo parcial para mayores de cuarenta y cinco años, la reducción proporcional de la subvención se aplicará cuando la jornada laboral sea inferior a la mitad de la jornada a tiempo completo.

Documentación a presentar, solicitudes y más información:

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_ConvocaPrestac_FA&cid=1354209873371&definicion=AyudaBecaSubvenciones&idConsejeria=1142697631805&idListConsj=1109265444710&idOrganismo=1109266228559&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&sm=1109266100986&tipoServicio=CM_ConvocaPrestac_FA

 

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